La caza en la Comunidad de Madrid ofrece unas buenas perspectivas. La comunidad cuenta con numerosos lugares donde capturar presas autóctonas y algunas especies exóticas invasoras, como es el caso del mapache y la cotorra argentina. Sin embargo, antes de atrapar a ninguno es necesario conocer los permisos y los lugares donde atraparlos.

El arte cinegético en Madrid

Esta comunidad cuenta con cotos de caza menor, mayor y para fines comerciales en ambas categorías. Existen más de cuarenta lugares habilitados en toda la comunidad. Así, es posible abatir presas de diferentes tamaños a lo largo del año y para distintos fines. Además, para abrir un coto es obligatoria la presentación de un Plan de Aprovechamiento Cinegético y de una memoria de los resultados de cada temporada.

Al inicio de cada temporada se establecen los periodos hábiles, las presas y el número de ellas a abatir. También se establecen regulaciones para las diferentes prácticas. El objetivo es proteger las poblaciones y establecer controles eficaces de su número.

Presas de la comunidad y espacios habilitados 

La categoría menor, la que se realiza generalmente a pie y donde se abaten piezas de pequeño tamaño, cuenta con una amplia variedad de especies. La paloma torcaz, la bravía y la zurita, el zorro, la perdiz roja, la tórtola o el conejo son algunos ejemplos de las 19 especies permitidas. En la categoría mayor se encuentran la cabra montesa, el jabalí, el gamo o el muflón, piezas de gran envergadura y que suelen cazarse mediante rececho o batida.

Para todas estas especies, es necesaria una licencia que permita abatirlas, pero en el caso especial de las especies exóticas invasoras habrá que solicitar una autorización previa, lo cual está regulado mediante el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras. 

En cuanto a los terrenos cinegéticos, la legislación vigente establece dos tipos en esta comunidad: los de aprovechamiento común, en los que las limitaciones están impuestas por las leyes y normativas vigentes; y los terrenos de régimen especial, los cuales aparecen divididos en diversas categorías: parques nacionales, refugios de caza, zonas controladas, cotos, reservas nacionales cinegéticas y pasos tradicionales de las palomas migratorias.

Estas últimas categorías cuentan con características propias y limitaciones, las cuales hay que conocer antes de acudir a ellas. Los periodos hábiles para cazar varían de una categoría a otra. En la menor va desde el día 8 de octubre hasta el 31 de enero del año siguiente y, en la mayor, desde el día 8 de octubre hasta el 21 de febrero del año siguiente.

En definitiva, la caza en Madrid es una de las más atractivas de todo el país. Ofrece una amplia variedad de presas, entornos y modalidades para disfrutar con esta práctica.

Publicaciones Similares